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967 1873.

(ESCLAVITUD)

.

JUNTA

DE

COLONIZACIÓN, CUOTA DE DOS PESOS

POR CADA UNO DE LOS ESCLAVOS QUE

POSEE MAYORES DE 12 AÑOS PARA

SUFRAGAR LOS GASTOS DE LATROCHA

MILITAR.

La Habana, 1873. 12x 20 cm.

30,-

970 1877.

(COLONIAS-CONTRATO)

.

CONTRATO DE UN COLONO ASIÁTICO

EN LA HABANA.

Un folio. Contrata de un

colono asiático con firmas del interesado,

el patrono, el gobernador y el secretario

de la Comisión Central de Colonización.

Sello de la policía. La Habana 17 de

agosto de 1877. Puntos de taladro.

50,-

el resto y encontrandose enferma,

acogiendose al articulo once de la

ley de abolicion de la esclavitud

solicita su libertad en Matanzas, 5 de

noviembre de 1880.

18 h. manuscritas

en papel timbrado y con sello de

caucho de la administración provincial.

Lleva 3 h. en 8º mayor en medio con

el sello de caucho de la inspección de

vigilancia del distrito sur de Matanzas.

90,-

968 1874.

(COLONIAS-CUBA)

.

DOS

RECIBOS.

2 h., 8º menor. Contribución

estraordinaria sobre esclavos, 15 pesetas

por el segundo trimestre de 1874.

Guantanamo, 31 de octubre de 1874.

50,-

969 1875.

(COLONIAS-ESCLAVITUD)

.

JUNTA CENTRAL DE LIBERTOS.

2 h.,

dos documentos, en 8º mayor, apaisado.

Junta Central protectora de Libertos,

pago de 75 centavos por cada uno

de los esclavos de 11 a 60 años que

posee. Habana, 1 de febrero de 1875.

50,-

971 1877.

(COLONIAS-CUBA)

.

CONTRATADE

UN COLONO ASIÁTICO.

1 Folio. Cardenas,

5 demayo de 1877. Con firmas del asiático,

el patrono, el gobernador, el secretario

Central de Colonización. Sello de la policía.

50,-

972 1881.

(ESCLAVITUD-CUBA)

.

EXPEDIENTE

DE

LIBERTAD

DE

ANACLETA GARCIA QUE DESDE EL

19 DE NOVIEMBRE DE 1875 quedo

coartada en 333,33 es decir se entrego

esta cantidad a cuenta de su libertad,

habiendo satisfecho con jornales

973 1892.

(COLONIAS-ESCLAVITUD)

.

ORDEN DE EJECUCIÓNY SENTENCIA DE

MUERTE DE 2 INSURRECTOS.

8º mayor.

2 h. Lleva el sello de caucho del Gobierno

Militar de Cuba. Los reos condenados

fueronSilvestreGuerrayPabloHierrezuelo.

30,-

974 1894.

(LA

HABANA-JUICIO)

.

LA

HABANA, JUICIO POR ASESINATO.

5

Folios. Vista del juicio oral contra Pedro

Ramon Ortega, se demuestra que el

acusado y Maria Regla Molina, vivieron

en concubinato hasta el mes de agosto

y de mutuo acuerdo terminaron sus

relaciones. Al poco de la separación volvió

a insistir Pedro Ramos de reanudar las

relaciones, a lo que se negó la Molina

a pesar de las amenazas de muerte de

aquél. Mientras Maria Molina estaba en

su habitación en casa de su tía Isabel,

entró en la estancia el procesado y realizó

cuatro disparos de revólver sobre la mujer.

50,-